El leasing y sus beneficios para la empresa

Una definición técnica y estricta del producto podría ser que a través del contrato de leasing o arrendamiento financiero, el arrendador cede al arrendatario el uso de un bien mueble o inmueble, previamente elegido por éste, a cambio de una contraprestación, consistente en el pago periódico de unas cuotas, con una opción de compra a su término a favor del arrendatario. Cuando se alcance la finalización del contrato, el arrendatario dispone de la facultad de adquirir el bien al precio residual, obtenido éste por la diferencia entre el precio original pagado por el arrendador (incluyendo intereses y gastos) y los importes que se hayan abonado por el arrendatario durante el contrato. En el caso de vehículos o inmuebles, además de transferir la propiedad se mantiene una reserva de dominio. Si el arrendatario decide no ejercer la opción de compra se tendrá que devolver el bien al arrendador o prorrogar el contrato. El plazo mínimo de duración de los contratos de arrendamiento financiero es de dos años para el leasing mobiliario (aplicable a bienes mobiliarios) y de diez años para el leasing inmobiliario (aplicable a bienes inmobiliarios).

Características específicas del leasing

Las características específicas del leasing se refieren a que:
  • Incluye la opción de compra al término del contrato porque lo que se transfiere durante el leasing, no es la propiedad, sino el derecho a utilizarla
  • El mantenimiento del bien es por cuenta del arrendatario
  • Es obligación del arrendatario contratar un seguro
  • El arrendatario puede ejercer su opción de compra a la finalización contrato
  • El bien tiene que quedar afecto exclusivamente a la actividad empresarial o profesional del arrendatario. El producto no se puede contratar por personas sin actividad profesional o empresarial
  • La contratación de este producto se refleja en el balance del arrendatario
  • La carga financiera constituye un gasto que es fiscalmente deducible
  • La financiación se destina a personas físicas o jurídicas con actividad empresarial o profesional
Los bienes arrendados son propiedad del arrendador por lo que estos deben quedar asegurados con las coberturas posibles para cada clase y tipo de bien, especialmente la responsabilidad civil. Por lo tanto el arrendador solicitará justificación documental de que en la póliza de seguro figura como primer beneficiario, así como de que se está al corriente de pago de las primas correspondientes. En el caso de que exista el pacto de reserva de dominio, el bien queda inscrito en el Registro indicando que la propiedad es del arrendador.

Las ventajas y los inconvenientes del leasing

Las ventajas de este producto son básicamente de tipo económico y financiero. Por ejemplo, se consigue una financiación del 100% del importe de la inversión a realizar y una disposición inmediata del bien adquirido, financiándolo así con los rendimientos obtenidos por su uso. El leasing se tramita de forma ágil y se adquiere el título de propiedad del bien mediante el pago del valor residual al finalizar el contrato. En el caso de vehículos e inmuebles esta propiedad se transfiere al cancelar definitivamente la reserva de dominio mediante el pago de la ultima cuota. Otras ventajas fiscales se refieren a que en las cuotas del leasing se distingue una parte que corresponde a la recuperación del coste del bien y otra correspondiente a la carga financiera. Tendrá la consideración de gasto fiscalmente deducible la carga financiera satisfecha a la entidad arrendadora. La misma consideración tendrá la parte correspondiente a la recuperación del coste del bien, que no podrá ser superior al duplo (triple para las PYMES) del coeficiente de amortización lineal según tablas de amortización. Entre los inconvenientes del leasing podemos enumerar que exige la contratación de un seguro para el bien arrendado impactando en los gastos a pagar. Además el tipo de interés aplicado al leasing es superior al marcado por los créditos hipotecarios. Por último, en el caso de que no se paguen las cuotas mensuales existe el riesgo de pérdida del bien. También, y respecto a la fiscalidad, la amortización acelerada de leasings difiere la carga fiscal a futuros ejercicios dado que hay que ajustar las diferencias de amortización contable y fiscal cada año. En todas las páginas web de las principales entidades financieras de España se puede acceder a simulaciones desde las que facilitar a la empresa los mejores elementos para tomar sus decisiones de financiación. FUENTE: blog.sage.es